Ley numero: 1447 - L E Y N° 1447- La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de ley: Artículo 1º: Establécese el 13 de junio como día del Escritor Formoseño, en homenaje a los hombres y mujeres que contribuyen al desarrollo del patrimonio cultural de la Provincia y la Nación. Art. 2º.- Encomendar la difusión y lectura de libros y obras literarias de diversos géneros de autoría de escritores formoseños en los niveles de enseñanza del Sistema Educativo Provincial. Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el diez de junio de dos mil cuatro.
Tema HOMENAJE y CONMEMORACION. "13 de junio como día del Escritor Formoseño" Autor Dip. ANA MARIA DEL RICCIO Incidencias Texto